Accidentes

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Recuerda…

“Cumplir estrictamente el tratamiento médico y la orientación del administrador de casos, de no ser así, se prolongará su recuperación y podrá perder derecho a la atención por parte de la ARL Positiva”

LEY 1562 DEL 11 DE JULIO DE 2012

Artículo 3º. Accidente de trabajo.

Es accidente de trabajo todo suceso repentino que sobrevenga por causa o con ocasión del trabajo, y que produzca en el trabajador una lesión orgánica, una perturbación funcional o psiquiátrica, una invalidez o la muerte.

Es también accidente de trabajo aquel que se produce durante la ejecución de órdenes del empleador, o contratante durante la ejecución de una labor bajo su autoridad, aún fuera del lugar y horas de trabajo.

Igualmente se considera accidente de trabajo el que se produzca durante el traslado de los trabajadores o contratistas desde su residencia a los lugares de trabajo o viceversa, cuando el transporte lo suministre el empleador.

También se considera como accidente de trabajo el ocurrido durante el ejercicio de la función sindical aunque el trabajador se encuentre en permiso sindical siempre que el accidente se produzca en cumplimiento de dicha función.

De igual forma se considera accidente de trabajo el que se produzca por la ejecución de actividades recreativas, deportivas o culturales, cuando se actúe por cuenta o en representación del empleador o de la empresa usuaria cuando se trate de trabajadores de empresas de servicios temporales que se encuentren en misión.

1) Informar al Jefe inmediato la lesión sufrida por causa del accidente de trabajo.

2) Reportar el accidente de trabajo a la Oficina de Gestión Humana o a la Coordinación de Seguridad y Salud en el Trabajo del Instituto Universitario de la Paz.

3) La persona encargada del reporte del accidente de trabajo debe llamar a la Línea Vital 01-8000-111-170, línea Nacional o (601) 330-7000 Bogotá de la ARL Positiva

4) La Línea Vital de la ARL Positiva debe indicar la IPS o Institución de Salud que debe dirigirse para ser atendido, si es un caso de urgencia remita al funcionario o docente al centro asistencial más cercano, o a la EPS (Entidad Promotora de Salud) a la cual se encuentra afiliado.

5) Seguir las instrucciones impartidas por la Línea Vital de ARL Positiva, el Administrador de casos y el Médico o entidad tratante.

6) El accidentado debe ser acompañado por un funcionario de la Institución a la IPS respectiva y debe llevar los siguientes documentos:

-Carnet de afiliación a riesgos laborales (ARL) a la cual este afiliada el trabajador

- Documento de identidad. (Cedula de ciudadanía o extranjería)

7) En caso de requerir medicamentos, informe de inmediato a la Línea Vital de la ARL Positiva y/o al Administrador de casos quien le informará el lugar donde se puede reclamar.

8) Asegúrese de entender perfectamente la receta médica, la aplicación de los medicamentos y tratamientos ordenados de lo contrario solicite asesoría a la Línea Vital de la ARL Positiva 01-8000-111-170 y/o al Administrador de Casos.